El uso de los drones para labores de mantenimiento industrial
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diciembre 19, 2016En el artículo anterior: Evaluación de los riesgos en el entorno en la operación de drones y Apéndice H informativo (Primera Parte), vimos el contenido del Apéndice G informativo, sobre todo en la evaluación de riesgos, peligros y todo lo que rodea en general. Asimismo checamos el Apéndice H informativo, detallando todos los puntos en cuanto a las definiciones conceptuales en torno a los RPAS.
Hay que acotar, todo esto que estamos viendo en estos artículos es esencial para comprender todos los requerimientos e implicaciones de los dispositivos voladores, que nos servirá para estar más conscientes de en la operación de las aeronaves a distancia, con todo lo que implica en cuestión de reglamentaciones y obligaciones.
Definiciones en cuanto a la operatividad de aeronaves
k) Circular obligatoria: Es un documento que se tiene que publicar obligatoriamente. De esta manera los operadores y demás personal en tierra, tendrán conciencia acerca de los procedimientos que pide la Autoridad Aeronáutica.
l) Componente: Se refiere a cualquier elemento que forma parte del dron, ya sea de funcionamiento aislado o como parte de todo un sistema; asimismo se considera a los del tipo de ensamblaje.
m) CTA: Control de Tránsito Aéreo.
n) Directiva de aeronavegabilidad: Es un documento oficial que especifica todas las condiciones con las que están o deben estar los componentes de una aeronave pilotada a distancia. Puede ser expedida ya sea por una organización certificada en cuanto al tema, o el mismo gobierno local o federal. Ante los posibles riesgos en ese mismo papel se especifican las inspecciones bajo las cuales puede trabajar el dispositivo.
o) FOD: Daño por objeto extraño.
p) Información técnica: Posee la información que se necesita para la operatividad aeronáutica sobre, diseño, fabricación, ensamblaje, mantenimiento, capacitación y ejecución.
q) Libro de bitácora: Es un documento oficial que se tiene que cargar al momento de operar el RPA, donde se especifica mediante un registro todos los parámetros referentes al mismo aparato volador. Debe incluir las fallas que se han suscitado, las acciones que se han tomado como respuesta, mantenimientos, entre otros.
r) Mantenimiento: Cualquier acción que tenga que ver con el diagnóstico, reparación y corrección de fallas que se susciten en el aparato completo, o en los accesorios y aditamentos que lo conforman.
s) Miembro de la tripulación: Es la persona directa, encargada de todas las partes técnicas para la operación de los drones, en el tiempo en que se esté operando.
t) NOTAM (Notificación Aérea): Es un aviso que se distribuye para el conocimiento de los operadores de RPAS, es determinante para comunicar las condiciones y modificaciones que se tiene que hacer en torno a todo el proceso de vuelo.
u) OACI: Organización de Aviación Civil Internacional.
v) Observador: Es un individuo que está entrenado especialmente para auxiliar al operador de la aeronave en cuestión de obstáculos o tráficos de todo tipo, como otras aeronaves, nubes y otros elementos que se encuentren en el cielo y en la tierra.
w) Operador Aéreo: Es prácticamente dueño del aparato aéreo.
x) Operador: Es el que opera la nave.
y) Permisionario: Persona o empresa que se dedica al servicio aéreo comercial, ya sea a nivel nacional o internacional. La SCT proporciona la autorización para que se pueda operar.
z) Personal técnico aeronáutico: Es la persona que tiene la licencia otorgada por la Autoridad Aeronáutica y que le permite realizar su trabajo en torno a la operación de naves no tripuladas.
aa) Peso Operacional: Es lo que pesa el dispositivo aéreo con cualquier aditamento encima sin que tenga combustible.
ab) PIC: Piloto al mando (traducción del inglés).
ac) Secretaría: Secretaría de Comunicación y Transportes (SCT).
ad) SENEAM: Es una proveedora de servicios aeronáuticos en nuestro país.
ae) Titular de Autorización: Toda persona o empresa que está facultada por la Autoridad Aeronáutica para operar aeronaves pilotadas a distancia, asimismo con plena conciencia de las normas establecidas en la Ley de Aviación Civil, Aeropuertos y demás reglamentos y disposiciones federales y estatales.
af) Unidad sujeta a verificación: Cualquier persona o empresa que tiene facultades de concesionario, permisionario, operador, o titular con licencia, que a su vez tienen que ser verificados por la Ley de Aviación Civil, Aeropuertos, entre otros.
ag) UA: Aeronave sin tripular.
ah) UAS: Sistema de dispositivo aéreo sin tripular.
ai) RPA: Aeronave pilotada a distancia o por control remoto. Su operador puede responder a cualquier indicación dada por el ATC, por radio o cualquier otro enlace de comunicación.
aj) RPAS: Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia.
ak) Verificación: Es la forma de comprobar la aceptación de operación por medio de mediciones, muestras, pruebas, entre otros.